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¿Cuándo me pagan las cesantías en Colombia?

· Lectura de ~5 min · Nómina Colombia

Las cesantías son un auxilio que equivale a un mes de salario por cada año trabajado. Pero ¿cuándo y cómo se pagan? Aquí está la respuesta completa.

¿Cuándo debe el empleador consignar las cesantías?

El empleador tiene hasta el 15 de febrero de cada año para consignar las cesantías del año anterior en el fondo que tú hayas elegido (Porvenir, Protección, Colfondos, etc.).

Si no consigna a tiempo, debe pagar un día de salario por cada día de retraso. Esto aplica incluso si el retraso es de un solo día.

¿Puedo retirar mis cesantías antes de terminar el contrato?

Sí, pero solo en casos específicos contemplados por la ley:

  • Compra de vivienda o mejoras al inmueble donde vives
  • Pago de matrícula en educación superior (universidad, técnico, tecnólogo) para ti o tus hijos
  • Liberación de gravamen hipotecario sobre tu vivienda

Para retirarlas anticipadamente, le pides autorización a tu empleador por escrito. Él aprueba la solicitud y el fondo hace el desembolso.

¿Qué pasa con las cesantías si me despiden?

Si te despiden sin justa causa, las cesantías se pagan junto con el resto de la liquidación (prima proporcional, vacaciones, etc.). El empleador tiene que liquidarlas al momento de la terminación del contrato.

Si te vas por renuncia voluntaria, también recibes las cesantías — no las pierdes. La diferencia está en que no recibes indemnización, pero las prestaciones sociales son tuyas siempre.

¿Y si yo renuncio, cuándo me las pagan?

Al finalizar el contrato, el empleador tiene 15 días hábiles para hacer el pago de toda la liquidación, incluyendo cesantías. Si se demora más de ese tiempo, puede haber lugar a sanciones.

¿Cómo se calculan exactamente?

La fórmula es:

Cesantías = (Salario base × días trabajados) ÷ 360

El salario base incluye el salario mensual más el auxilio de transporte (si aplica) y los pagos que tengan carácter salarial (comisiones, horas extras, etc.).

Si trabajaste todo el año con un salario de $2.000.000, te corresponden exactamente $2.000.000 de cesantías. Si trabajaste 6 meses, te corresponde $1.000.000.

¿Qué son los intereses sobre las cesantías?

Además de las cesantías, el empleador debe pagar intereses del 12% anual sobre el saldo acumulado en el fondo. Estos intereses se pagan directamente a ti — no van al fondo — antes del 31 de enero de cada año.

Por ejemplo, si tienes $3.000.000 acumulados en cesantías, te corresponden $360.000 de intereses al año (o proporcional si trabajaste menos de un año).

Preguntas frecuentes

¿Las cesantías se pierden si me retiro voluntariamente? No. Las cesantías son tuyas independientemente de cómo termine el contrato. Solo se afecta la indemnización por despido sin justa causa.

¿Qué pasa si el empleador no consignó las cesantías al fondo? Si el empleador no consignó las cesantías dentro del plazo legal (15 de febrero), debe pagarte un día de salario por cada día de mora, además de consignarlas.

¿Puedo retirar las cesantías para pagar deudas? No. La ley solo permite el retiro anticipado para vivienda y educación. Para otros fines, debes esperar a que termine el contrato.

¿Las cesantías tributan o pagan impuestos? Las cesantías están exentas de retención en la fuente, siempre que no superen ciertos límites establecidos por la DIAN. En la mayoría de los casos de empleados con salarios normales, no pagan impuestos.

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