La retención en la fuente es el descuento mensual que el empleador hace directamente del salario para pagar impuesto de renta de forma anticipada. No es un descuento definitivo — es un anticipo que se cruza con tu declaración de renta al final del año. Pero si no declaras renta, ese dinero se pierde.
En 2026 la UVT subió a $52.374 y el SMMLV aumentó un 9,54%. Eso significa que algunos trabajadores que antes no pagaban retención ahora sí lo hacen.
¿A partir de qué salario te descuentan retención?
El umbral teórico es 95 UVT mensuales = $4.975.530 en ingresos brutos. Pero ese número es engañoso — la base real sobre la que se calcula la retención es mucho menor después de las deducciones permitidas.
Las deducciones que puedes aplicar antes de calcular la retención:
- Aportes a salud y pensión (4% + 4% = 8% del salario)
- Renta exenta del 25% sobre los ingresos laborales (con tope de 240 UVT/mes)
- Deducción por dependientes (hasta 10% del ingreso bruto, máximo 32 UVT/mes)
- Intereses de crédito hipotecario (hasta 100 UVT/año)
- Aportes voluntarios a pensión o AFC
Con todas las deducciones estándar aplicadas, en la práctica la retención empieza a ser relevante alrededor de los $5.500.000 - $6.000.000 mensuales para un trabajador sin dependientes ni crédito hipotecario.
Si tienes dependientes económicos o crédito de vivienda, ese umbral sube más.
¿Cómo se calcula exactamente?
El procedimiento más común es el Procedimiento 1: cada mes se calcula la retención desde cero sobre el salario de ese mes.
Los pasos:
- Tomar el salario bruto del mes
- Restar aportes a salud y pensión (8%)
- Restar la renta exenta del 25% (con tope de $12.569.760/mes)
- Restar otras deducciones aplicables (dependientes, crédito hipotecario, etc.)
- El resultado es la base gravable
- Convertir a UVT: base ÷ $52.374
- Aplicar la tabla de tarifas
Las tarifas de retención 2026
| Base gravable (UVT/mes) | Tarifa marginal |
|---|---|
| Hasta 95 UVT ($4.975.530) | 0% |
| De 95 a 150 UVT | 19% sobre el exceso de 95 UVT |
| De 150 a 360 UVT | 28% + 10 UVT fijos |
| De 360 a 640 UVT | 33% + 69 UVT fijos |
| De 640 a 945 UVT | 35% + 162 UVT fijos |
| De 945 a 2.300 UVT | 37% + 269 UVT fijos |
| Más de 2.300 UVT | 39% + 770 UVT fijos |
Las tarifas son marginales — solo pagas el porcentaje más alto sobre lo que supera cada rango, no sobre todo el ingreso.
¿Por qué cambia tu retención de un mes a otro?
Con el Procedimiento 1 es normal que varíe porque:
- Recibiste un bono o comisión ese mes (sube la base)
- Tuviste días de incapacidad (baja el ingreso)
- Cambiaste de salario
Con el Procedimiento 2, el empleador calcula una tasa fija dos veces al año (enero y julio) basada en tu ingreso promedio del semestre anterior. Esa tasa aplica fija los 6 meses siguientes. Es más predecible pero puede sobre o sub-retener.
¿Qué pasa si te retienen más de lo que realmente debes?
Si al hacer tu declaración de renta el impuesto total resulta menor que lo retenido durante el año, tienes saldo a favor y la DIAN te devuelve la diferencia. Por eso es importante declarar aunque no estés obligado — si hubo retención, puedes recuperar parte.
¿Quién está obligado a declarar renta en 2026?
Aproximadamente si tienes ingresos brutos superiores a 1.400 UVT anuales ($73.323.600/año = $6.110.300/mes) o si tienes patrimonio superior a 4.500 UVT. Pero si te hicieron retención en la fuente y no declaras, pierdes la posibilidad de recuperar el exceso.
Preguntas frecuentes
¿La retención en la fuente es un impuesto diferente al impuesto de renta? No. Es el mismo impuesto de renta, pero cobrado mensualmente como anticipo. Al final del año se cruza con lo que realmente debes.
¿Puedo pedirle al empleador que no me retenga? Solo si demuestras que tus deducciones son suficientes para que tu base gravable sea cero. Para eso debes presentar los soportes de deducciones al empleador antes del 31 de marzo de cada año (para que apliquen desde el año en curso).
¿La prima y las cesantías pagan retención? Las cesantías están exentas. La prima de servicios hasta cierto límite también tiene exención. El exceso sí puede estar sujeto a retención dependiendo del salario.
¿Qué pasa si el empleador no me hace la retención que debería? El empleador es el responsable ante la DIAN. Si no retuvo lo que debía, puede tener sanciones. Pero el trabajador sigue siendo responsable de su impuesto de renta al momento de declarar.